TASAS MÁXIMAS DE ALCOHOL

 

Ani_082.gif (2411 bytes) En sangre borracho.gif (15126 bytes)
Ani_082.gif (2411 bytes) En aire expirado

ALCOHOLEMIA:

TASAS MÁXIMAS DE ALCOHOL EN SANGRE

Conductores de todos les vehículos Transporte de mercancías de más de 3.500 kg. Transporte de viajeros de más de  9 + 1 plazas , S.P., escolar, peligrosas, servicios de urgencias.
0'8 gr/litro sangre 0'5 gr/litro sangre 0'3 gr/litro sangre

Nueva redacción R.D.2282/98, BOE. 6-11-98,  con aplicación desde el día 06-05-99

0'5 gr/litro sangre. 0'3 gr/litro sangre.    asterisco_largo.gif (579 bytes)

 


 

ETILOMETRÍA:

TASAS MÁXIMAS DE ALCOHOL  EN AIRE EXPIRADO

Conductores de todos los vehíclos Transportes de mercancías de más de 3.500 kg. Transporte de viajeros de más de  9 + 1 plazas, S.P., escolar, peligrosas, servicios de urgencias
0'4 mg/litro aire 0'4 mg/litro aire 0'15 mg/litro aire

Nueva redacción R.D.2282/98, BOE. 6-11-98, con aplicación desde el día 06-05-99

0'25 mg/litre aire 0'15 mg/litre aire    asterisco_largo.gif (579 bytes)

asterisco_largo.gif (579 bytes) Conductores noveles. 

Los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro, ni de alcohol en aire expirado de 0,15 miligramos por litro, durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que los habilita para conducir.

A estos efectos, no se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.